La derogación del Real Decreto‑ley 2/2026 ha vuelto a cambiar el escenario jurídico de los desahucios. Después de años de prórrogas, suspensiones y rectificaciones, muchos arrendadores se preguntan qué pueden hacer ahora y cómo reactivar procedimientos que llevaban meses paralizados.
Aquí tienes una guía práctica para orientarte en este nuevo contexto.
1. Comprueba si tu procedimiento estaba suspendido
Lo primero es identificar si tu desahucio estaba afectado por la moratoria. Estaban suspendidos los procedimientos en los que:
- El ocupante había acreditado vulnerabilidad
- El juzgado había dictado auto de suspensión
- El lanzamiento estaba aplazado por aplicación del RDL 11/2020 y sus sucesivas prórrogas
Con la derogación del RDL 2/2026, esas suspensiones dejan de tener cobertura legal.
2. Solicita al juzgado la reactivación del procedimiento
No siempre se reactiva de oficio. En muchos casos será necesario presentar un escrito sencillo solicitando:
- La continuación del procedimiento
- La señalación de nueva fecha de lanzamiento, si estaba suspendido
- La revocación de la suspensión acordada en su día
El juzgado debe acordarlo porque la norma que justificaba la paralización ya no está vigente.
3. Revisa el estado procesal del asunto
Según el punto en el que quedó tu procedimiento, deberás actuar de una forma u otra:
- Si estaba pendiente de lanzamiento → solicitar nueva fecha.
- Si estaba suspendida la vista → pedir señalamiento.
- Si el procedimiento estaba paralizado sin trámite pendiente → pedir impulso procesal.
Es un buen momento para que el arrendador revise con su abogado si conviene acumular rentas, actualizar cantidades o reclamar daños.
4. Valora si existe vulnerabilidad del arrendador
Una novedad del derogado RDL 2/2026 era que también podía existir vulnerabilidad del arrendador. Aunque esa previsión ya no está en vigor, conviene documentar:
- Situación económica del propietario
- Necesidad de recuperar la vivienda
- Dependencia de la renta para gastos esenciales
No porque genere efectos automáticos, sino porque puede ser útil en futuras reformas o en la valoración judicial de determinadas medidas.
5. Revisa el contrato y prepara la documentación
Con la reactivación de los desahucios, es importante tener al día:
- Contrato de arrendamiento
- Requerimientos previos de pago
- Burofaxes enviados
- Certificaciones de deuda
- Recibos impagados
- Actas notariales, si las hubiera
Cuanta más documentación ordenada, más ágil será la reanudación del procedimiento.
6. Si aún no habías iniciado el desahucio, ahora es el momento
La derogación elimina la incertidumbre que frenaba a muchos propietarios. Si tienes:
- impagos,
- expiración de contrato,
- ocupación sin título,
- o cualquier causa de resolución,
puedes iniciar el procedimiento sin riesgo de que quede suspendido por la moratoria.
7. Mantén un seguimiento activo: el marco puede volver a cambiar
La experiencia de los últimos años demuestra que la normativa en materia de vivienda es inestable. Es recomendable:
- Seguir las novedades legislativas
- Consultar periódicamente con tu abogado
- No dar por sentado que el marco actual será definitivo
Conclusión: ahora sí se pueden reactivar los desahucios
La derogación del RDL 2/2026 supone que:
- Los desahucios suspendidos pueden reanudarse
- Los lanzamientos pueden volver a señalarse
- Los arrendadores recuperan capacidad de actuación
Tras años de vaivenes normativos, es un momento clave para ordenar procedimientos, impulsar los que estaban paralizados y proteger los derechos del propietario.
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