El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal que deben abonar anualmente los propietarios de bienes inmuebles, ya se trate de viviendas, locales comerciales, garajes o fincas urbanas.
En el contexto de un contrato de arrendamiento, surge con frecuencia la duda de si este impuesto puede repercutirse al inquilino o si, por el contrario, debe asumirlo siempre el propietario.
¿Quién es el obligado al pago del IBI?
A efectos fiscales, la Hacienda Pública considera como sujeto pasivo del IBI al propietario del inmueble, quien es el único responsable frente al Ayuntamiento del pago del impuesto.
Es decir, aunque las partes establezcan un pacto privado para trasladar ese gasto al arrendatario, el obligado tributario seguirá siendo el propietario.
Por tanto, si el IBI no se paga, la Administración siempre reclamará el importe al titular del inmueble, con independencia de los acuerdos privados entre las partes.
¿Puede el arrendador repercutir el IBI al arrendatario?
Sí, pero con condiciones.
El artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) permite que las partes pacten que el IBI sea asumido por el arrendatario, siempre que se cumplan dos requisitos esenciales:
- Debe constar expresamente por escrito en el contrato de arrendamiento.
- Debe indicarse el importe concreto del IBI vigente en el momento de la firma del contrato.
Sin estas menciones, no será posible exigir válidamente al inquilino el pago o reembolso del IBI.
Contratos de renta antigua
En los contratos de renta antigua (firmados antes del 9 de mayo de 1985), la regla general es la contraria: el arrendatario es quien debe pagar el IBI, salvo que el contrato establezca expresamente que será a cargo del propietario.
Conclusión
- El IBI siempre corresponde legalmente al propietario del inmueble.
- Puede pactarse su repercusión al inquilino, pero solo si se hace por escrito y con el importe detallado.
- En los arrendamientos anteriores a 1985, el arrendatario suele ser el obligado, salvo pacto en contrario.
Por ello, es fundamental redactar correctamente el contrato de arrendamiento, especificando las cargas y tributos que asume cada parte, para evitar conflictos o reclamaciones posteriores.
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